Panamá cuenta con un permiso de residencia permanente en calidad de extranjeros nacionales de países con los que mantiene relaciones amistosas, profesionales, económicas y de inversión con la Republica de Panamá.
El Decreto Ejecutivo No.343 de 16 de mayo de 2012 establece un listado de países cuyos nacional podrán acogerse a este régimen, como lo son: Alemania, Argentina, Australia, Austria, Brasil, Bélgica, Canadá, España, Estados Unidos de América, República Eslovaca, Francia, Finlandia, Países Bajos, Irlanda, Japón, Noruega, República Checa, Confederación Suiza, Singapur, Uruguay, Chile y Suecia.
Esta iniciativa permite que los nacionales de países específicos que tengan como finalidad ejercer actividades económicas o profesionales, de cualquier género se acojan a los beneficios que esta nueva categoría les otorga. Entre estos beneficios esta la oportunidad de incluir en la solicitud a miembros de su familia como dependientes, puede ser el cónyuge, hijos menores de 18 años, familiares con discapacidad, padres dependientes, e hijos hasta los 25 años que demuestren que estudien y que se encuentren bajo la dependencia económica del solicitante.
Para conocer más sobre esta nueva oportunidad migratoria, sus requisitos y como puede aplicar, contáctenos y con gusto le asesoramos.
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